LEY 2/1974 SOBRE COLEGIOS PROFESIONALES

LEY 2/1974 SOBRE COLEGIOS PROFESIONALES

Publishing house :
BELLISCO EDITORIAL
Year of edition:
ISBN:
978-84-121501-9-3
Pages :
250
Binding :
Rústica (Tapa blanda)
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Colegio y profesión, profesión y colegio. Ambas palabras conforman el título de la ley que se va a comentar, y ambas deberían llenar su contenido de tal suerte que se diese clara respuesta a esta pregunta: ¿por qué se colegia la profesión? O, mejor planteada: ¿para qué, más aún, para quién se colegia? ¿Quién tiene interés en que se conforme u organice de modo colegiado, y quién se beneficiará de ello?

Aunque dos son los términos del planteamiento, una sola debe ser la respuesta, y no puede darse una respuesta doble, del tipo: “la colegiación interesa y beneficia a la sociedad y a los profesionales, o a los profesionales y a la sociedad”. No puede darse, no porque lo dicho no sea cierto, sino porque con esa respuesta no se alcanza la médula del problema. Se conmina a responder en el sentido de cuál de los intereses y cuál de los dos beneficios prima: si el de la sociedad o el de los profesionales. En un colegio digno se satisfarán los dos, sí, pero aun así se pregunta: ¿cuál fue el interés al que primero se atendió o al que primero se debería atender para conformar la institución? La respuesta final y unívoca no puede ser sino esta: el interés de la sociedad. El colegio la ha de servir; ello conseguido, se puede luego servir a sí mismo, dando apoyo y cobertura de todo tipo a sus profesionales. Este manjar exquisito que es el servicio se sirve primeramente al comensal más digno, y más digno es el hombre que el profesional; porque el hombre no necesita ser profesional para llamarse así y serlo en plenitud, pero sin embargo no puede un buen profesional serlo sin ser antes hombre, y un buen hombre.

Este profesional colegiado, ¿de qué modo será un buen hombre? Conduciéndose con espíritu de servicio en todo lugar: en el contexto familiar, en el social y también, claro, en el profesional. No puede ser un buen hombre en uno de esos ámbitos y una mala persona en otro: es una condición integral. Pero ahora se está en el ámbito profesional, y en él no podrá elevarse si no practica su oficio o profesión de manera excelente y con excelente intención. Practicarlo de manera excelente significa, cuando la profesión es un arte –la medicina, la abogacía, la arquitectura, la ingeniería- ser digno hijo de ese arte, o sea dignificarla en las obras. Practicarlo con intención excelente significa el deseo de dar y darse en esas obras de modo que trasladen a los receptores un beneficio que a su vez los dignifique como hombres, y que ese efecto se produzca de manera general – directa o indirecta, pero general-, no restringida.

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